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Depende del centro, de su capacidad de tratamiento y de su capacidad de almacenamiento. Pero a groso modo son las siguientes:

  • Autoriación Ambiental Integrada si supera las 75 tn/día
  • Estudio de Impacto Ambiental Simplificado si supera las 5000 tn/año de tratamiento y las 100 tn de almacenamiento.
  • Autorizaciones Ambientales Sectoriales:
    • Memoria de gestión de residuos, siempre y cuando se alimente a las lombrices con residuos. No se considera residuos a la materia orgánica certificada aunque sí a los lodos procedentes de depuradora aunque dispongan de su analítica correspondiente.
    • Informe y proyecto de atmósfera, pertenecerá al grupo B dado las emisiones generadas.
    • Pequeño productor de residuos.
    • Informe preliminar del suelo.

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